ABU DHABI, 26 JUL 2021 (WAM) – El Banco Central de los Emiratos Árabes Unidos (CBUAE) ha publicado una nueva orientación sobre la lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo (AML / CFT) para sus instituciones financieras con licencia (IFL) sobre la aplicación de las sanciones financieras específicas (TFS).
Estas orientaciones complementarias las que la Oficina Ejecutiva del Comité de Bienes y Materiales Sujetos a Control de Importaciones y Exportaciones publicado en mayo de 2021 sobre las sanciones financieras selectivas para las instituciones financieras y las empresas y profesiones no financieras designadas. La Oficina Ejecutiva actúa como autoridad central para garantizar la aplicación del TFS en los EAU.
Las directrices, que entraron en vigor el 8 de julio de 2021 y exigen a las IFL que demuestren el cumplimiento de sus requisitos en el plazo de un mes a partir de dicha fecha, ayudarán a las IFL a comprender y aplicar eficazmente sus obligaciones legales en materia de PBC / FT.
Como se estipula en las Orientaciones, las IFL deben desarrollar, aplicar y actualizar periódicamente un programa adecuado de cumplimiento de sanciones que incluya una sólida evaluación de riesgos, un proceso de selección y un programa de formación del personal. Esto debe aplicarse en todas sus instituciones, incluidas las sucursales, las filiales y otras entidades en las que las IFL tengan una participación mayoritaria.
Las IFL deben registrarse en el sitio web de la Oficina Ejecutiva para recibir notificaciones automáticas por correo electrónico con información actualizada y oportuna sobre la inclusión y exclusión de personas o entidades de la lista consolidada de las Naciones Unidas y de la lista de terroristas locales. Igualmente, deben cotejar periódicamente sus bases de datos y sus transacciones con los nombres que aparecen en las listas mencionadas e inmediatamente cuando se les notifique cualquier cambio en las mismas. Cuando se encuentra una coincidencia con una lista a través del proceso de selección, las LFI deben, en un plazo de 24 horas, sin demora ni aviso previo, congelar los fondos de las personas o entidades incluidas en la lista. Las LFI deben notificar inmediatamente al CBUAE, así como a la Oficina Ejecutiva, cualquier medida de congelación y / o intento de transacción. Para conocer la modalidad de estas notificaciones, las LFI deben consultar los sitios web de la CBUAE y de la Oficina Ejecutiva para obtener información actualizada.
El Gobernador del CBUAE, Khaled Mohamed Balama, declaró: “La amenaza del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en el sistema financiero de los EAU es algo que pretendemos abordar mediante una rigurosa supervisión reglamentaria y una aclaración continua de las obligaciones de las IFL . Esta Guía es una de las muchas que hemos publicado y seguiremos publicando en el próximo período, ya que la CBUAE pretende reforzar la comprensión y la aplicación de sus requisitos entre la comunidad financiera, en consonancia con las normas del Grupo de Acción Financiera Internacional “. .
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Publicado en ApreNet